jueves, 21 de junio de 2012

El Derecho Mexicano en su ámbito Público

El Derecho Mexicano En Su Ámbito Público:

GENERALIDADES:
Los seres humanos estamos en un constante cambio de relaciones de tipo social, político, económico y cultural por lo que es necesario regular las diferencias que de ella puedan surgir, concernientes; las relaciones del Estado con los particulares; es decir, cando sus conductas se desenvuelven dentro del interés general que tiene por objeto el Estado en virtud de delegación directa o mediata del poder publico, se le llama Derecho Publico. Este se define como parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder publico, de tal forma que nace una relación entre los Particulares con el Estado , quien actúa como arbitro pera dirimir los conflictos con potestad soberana.

DERECHO SOCIAL
Actualmente nos encontramos en un sistema capitalista donde la diferencia de clases sociales  es cada vez mas marcada (burguesía alta , media baja y proletariado , siendo este el ultimo el mas vulnerable a cualquier tipo de abusos) por tanto, El derecho social busca proteger los derechos del Proletariado en su capacidad económica.

Derecho Social: es una rama del Del Derecho Publico que se encarga de ordenar, proteger todo tipo de desigualdades entre clases sociales, Busca protección el campesino y Del Obrero, con el fin de protegerlo de ciertas injusticias en su contra mediante la regulación de Estado.

Derecho Laboral y Articulo 123 Constitucional

A lo largo de nuestra historia, los obreros han sufrido diversas injusticias a sus Derechos laborales , Durante la época colonial tuvo un papel económico preponderante la institución de la encomienda cuyos orígenes se basaron en nobles Propósitos de carácter piadoso , la evangelización de los Indígenas pero que posterior mente degenero en instrumento  de explotación de la mano de obra nativa, que resultaría prácticamente gratuita. El desarrollo de la colonia termino con la encomienda iniciando el Peonaje, esto es, el trabajo jornal desempeño en los latifundios, en las minas y los obrajes.

en 1985, por  el bando del 23 de marzo, se estableció la jornada de trabajo por los peones de sol a sol con tan solo dos horas de descaso y que los salarios debían pagarse en dinero y no en mercancía.

Ya para México independiente, el 13 de junio de 1824 queda abolida la esclavitud, y continúan funcionando los gremios artesanales. Y para la época de las Leyes de Reforma, las ordenanzas de los gremios fueron derogadas, promulgándose en su lugar diversos reglamentos, reduciéndose así a diez horas de jornada de trabajo.

Hasta 1917, nuestra actual Constitución Política Federal, se incluyo dentro de su texto las llamadas GARANTÍAS SOCIALES, contenidas en sus artículos 27 y 123 que establecen a favor de las clases sociales mas débiles, económicamente , que son los campesinos y los obreros.

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