jueves, 21 de junio de 2012

Nociones de Derecho Positivo Mexicano


El Juicio de Amparo


El juicio de Amparo es un proceso jurídico que tiene como fin  hacer  reales y eficaces los derechos humanos establecidos en la Constitución cuando son violadas por las autoridades.
Esta regulado por los artículos 103 y 107 de la Constitución federal así como la ley de amparo.
Artículo 103: Los tribunales Federales de la Nación resolverán cualquier controversia que se suscite:
I. Por leyes o actos de la autoridad que viole las garantías individuales.
II. Por leyes  o actos  de la autoridad federal que restringan la soberanía de los estados.
III. Por leyes o actos  de la autoridad  estatal que intervenga en la competencia de la autoridad federal.
Artículo 107: Todas las controversias se ajustaran a los procesos jurídicos que determine la ley
Ley de amparo
Artículo 1: El Juicio de Amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:
Por leyes o actos que violen las garantías individuales
Por leyes o actos de la autoridad federal que intervenga en la soberanía de los estados
Por leyes o actos  de autoridades  de éstos invadan la  esfera de la autoridad federal
Artículo 2: El juicio de Amparo  se  basará y decidirá con base a las formas y procedimientos que se determinan en el presente libro, en materia agraria, a las prevenciones específicas a que se refiere el libro segundo de esta ley.
Artículo 3: En los juicios de Amparo todas las aclaraciones deberán hacerse por escrito, salvo las que se den en audiencias y notificaciones así como presentarse  frente a una autoridad a que se refiere el artículo 117 de esta ley
Las copias certificadas  que se expidan para cualquier tipo de amparo no serán prueba alguna
Artículo 4: El juicio de amparo solo podrá solicitarlo la parte a quien a sido perjudicado por la ley, pudiéndolo hacer a través de su representante legal y  si es por un crimen a través de la comparecencia  de un testigo.
Artículo 5: Son partes del juicio de amparo

  • El perjudicado o perjudicados
  • La autoridad u autoridades responsables
  • El tercer perjudicado
  •  El ministerio público federal

Artículo 6: El menor de edad podrá  pedir amparo sin la intervención de su abogado cuando este ausente, si este es el caso un juez le dará un representante  para que intervenga en el juicio. Si el menor hubiese cumplido catorce años el podrá seleccionar a su  defensor.
Artículo 8:  Las  empresas privadas podrán pedir amparo por medio de sus  representantes
Artículo 21: El término para interponer la demanda de amparo sera de quince días .
Cuando el juicio de amparo se da en materia agraria  el plazo para la interposición será de treinta días.

Tipos de amparo




  • Amparo directo: Procedimiento presentado  en los tribunales colegiados de circuito contra leyes definitivas (que ponen fin al juicio).  



  • Amparo indirecto: Procedimiento que se sigue a primera instancia, ante jueces de Distrito, contra leyes federales o locales. Contra actos de la autoridad que perjudiquen  al ciudadano.

     


Clasificación del Delito

Por la conducta:

  • De acción: cuando el sujeto se encuentra en una actividad o hacer; es decir un comportamiento positivo (conducta que se está llevando a cabo); por ejemplo: homicidio por estrangulamiento.

  • De omisión: Cuando la conducta consiste en un no hacer, en una actividad o comportamiento negativo (conducta que no se lleva a acabo).

Por el daño:
  • De daño o lesión: cuando se afecta realmente al bien jurídico tutelado; por ejemplo: robo, violación y homicidio.

  • De peligro: cuando no se daña el bien jurídico tutelado, sino que solo se pone en peligro. La ley castiga por el riesgo en que se encontró dicho bien. Por ejemplo: abandono del cónyuge e hijos, abandono de atropellados, omisión de socorro, auxilio y de cuidado.

Por la intencionalidad:
  • Doloso: cuando el agente comete el delito con toda la intención de realizarlo, se tiene la voluntad de infringir la ley. Por ejemplo: lesionar a alguien con la intención de causarle dolor.

  • Culposo: el delito es materializado sin que se tenga la voluntad, ocurre por imprudencia. Por ejemplo: lesiones, homicidio, daño de propiedad ajena, por tránsito de vehículos, entre otros.

Los delitos y su clasificación se encuentran en el Código Penal de 1931, que ha tenido diversas modificaciones, pero continúa vigente hasta nuestros días y su clasificación se encuentra de la siguiente forma:

  • Delitos contra la seguridad de la nación.
  • Delitos contra el Derecho Internacional.
  • Delitos contra la humanidad.
  • Delitos contra la seguridad pública.
  • Delitos es materia de vías de comunicación y de correspondencia.
  • Delitos contra la autoridad.
  • Delitos contra la salud.
  • Delitos contra la moral pública y las buenas costumbres.
  •  Revelación de secretos.
  • Delitos cometidos por servidores públicos.
  • Delitos cometidos contra la administración de justicia.
  • Responsabilidad profesional.
  • Falsedad.
  • Delitos contra la economía pública.
  • Delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual.
  • Delitos contra el estado civil y la bigamia.
  • Delitos en materia de inhumaciones y exhumaciones.
  • Delitos contra la paz y seguridad de las personas.
  • Delitos contra la vida y la integridad corporal.
  • Delitos contra el honor.
  • Privación ilegal de la libertad.
  • Delito contra las personas en su patrimonio.
  • Encubrimiento y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
  • Delitos electorales y de materia de registro nacional de ciudadano.
  • Delitos en materia de Derechos de autor.
Los delitos también pueden clasificarse en grupos de acuerdo con su naturaleza; por ejemplo
  • Delitos contra la vida y la integridad corporal
a) lesiones
b) homicidio
c) parricidio
d) infanticidio
e) Aborto

  • Delitos sexuales
a) Hostigamiento sexual
b) Abuso sexual
c) Estupro
d) Violación
e) Privación ilegal de la libertad (con un propósito carnal)
f) Incesto
g) Adulterio
h) Domicilio conyugal

  • Delitos contra las personas y su patrimonio
a) Robo
b) Abuso de confianza
c) Fraude
d) Daño en propiedad ajena

Los delitos también se clasifican en:

-Delitos federales: previstos por la leyes federales y tratados.
-Delitos comunes: los que no se encuentran comprendidos dentro de los federales; es decir, aquellos que afectan solamente intereses particulares de manera directa.
-Delitos oficiales: los que cometen los funcionarios y los empleados públicos en el desempeño de sus funciones o con motivo de ellas.
-Delitos políticos: los que atacan la organización del Estado o a los funcionarios de la Federación (el Presidente de la República, los secretarios de Estado, senadores, diputados etc.).


ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL

Procedimiento.

Periodo de preparación de la acción.- se inicia con la denuncia ante el Ministerio Público Investigador o querella y termina con la consignación.

Proceso penal.- comprende del auto de radicación al auto de formal prisión, sujeción a proceso o libertad por falta de elementos para procesar con las reservas de ley.

Periodo de Proceso.

I. Instrucción: comprende del auto de formal prisión o sujeción a proceso, al auto que declara cerrada la instrucción.
II. Periodo preparatorio del juicio: comprende del auto que declara cerrada la instrucción al auto que cita para audiencia.
III. Discusión o audiencia: comprende del auto que cita para la audiencia a la audiencia de vista.
IV. Fallo, juicio o sentencia. comprende desde que se declara visto el proceso hasta sentencia.





Delito, Penas y Medidas de Seguridad





Delito:
Acto u omision que sancionan las leyes penales. El acto consiste en hacer o realizar algo que se encuentra prohibido ppor la ley, o no hacer algo que la ley manda.


La Pena:
Castigo impuesto por el Estado, en ejecucion de una sentencia al delito de un delito penal,es la privacion de derechos que se ejecutan de manera efectiva en la persona del sentenciado. Las penas no pueden afectar a personas ajenas al delito y estas son impuestas por el Estado en cumplimiento a lo que se ha resultado de la sentencia.





Medidas de seguridad:
El Estado establece ciertos procedimientos para prevenir al delito y su reincidencia.